lunes, 13 de mayo de 2013

Cuenta atrás para colgar la etiqueta energética a las viviendas

Los propietarios que quieran vender o alquilar su vivienda a partir del 1 de junio se les acaba el tiempo para obtener la etiqueta energética que indica el nivel de calificación energética del inmueble en una escala que va desde la A (la más eficiente) a la G (la menos eficiente), como informa un reciente artículo del periódico El Mundo.

Así lo establece el Real Decreto (RD) que aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 13 de abril.

Según los expertos, este periodo de adaptación se antoja escaso para que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Idae, informe debidamente a los ciudadanos sobre esta nueva obligación en materia de eficiencia energética. Es por ello que recomiendan a los propietarios no esperar hasta el último momento para adquirir el certificado energético de la vivienda, pues el proceso de certificación energética no es inmediato y el número de inmuebles sujetos a esta obligación puede superar el millón en toda España.

El coste de un certificado energético de un piso depende, entre otros factores, de la tipología y las dimensiones del inmueble. Según los cálculos de los expertos, una tasación energética puede rondar los 250 euros para una vivienda tipo de 90 metros cuadrados.

Los técnicos competentes para emitir y firmar el certificado energético de viviendas serán los que establece la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), esto es, ingenieros y arquitectos, tanto técnicos como superiores. Además, el RD permite que el técnico certificador habilitado se apoye de un técnico ayudante en posesión de un título de formación profesional, quien puede colaborar como ayudante del tasador energético en todo el proceso de certificación energética.

Al propietario que no cumpla -a partir del 1 de junio- con la obligación de entregar el mencionado certificado energético a un nuevo inquilino o comprador de la vivienda le espera una sanción específica en materia de certificación energética no contemplada en el último borrador del Real Decreto.

También las comunidades autónomas deberán habilitar un registro público de certificados energéticos, imprescindible para cumplir las exigencias de información que establece la directiva europea. Un registro que deberá crear cada comunidad autónoma en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este Real Decreto, facilitando al Ministerio de Industria una estadística de los registros y de las inspecciones realizadas y sus resultados cada seis meses.

La etiqueta energética de viviendas es un nuevo gasto que ya ha despertado el recelo de los propietarios, pero que en la práctica se va a convertir en una auténtica tasación energética. En los países donde ya está en vigor esta normativa se ha producido la llamada “depreciación energética”, consistente en que las viviendas que tienen deficientes aislamientos y climatizadores antiguos se devalúan en el mercado inmobiliario en favor de las mejor equipadas.

De ahí que los expertos adviertan del perjuicio que puede tener para la calificación energética de la vivienda contratar a un técnico certificador que carezca de los conocimientos específicos necesarios para optimizar el cálculo. Algunos expertos en certificación energética estiman que el 85% de los inmuebles se situarán entre la letra E y la G.

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